Es obligación de los contribuyentes emitir Estados Financieros y presentarlos en su declaración anual. Así mismo, deben calcular el resultado fiscal del ejercicio (utilidad fiscal) para determinar e Impuesto Sobre la Renta (ISR).
La conciliación entre el resultado contable y el fiscal es la comprobación matemática que determina las diferencias entre lo que fue considerado para determinar el resultado financiero y el resultado fiscal.
¿Cómo se realiza la conciliación contable-fiscal?
Para realizar la conciliación contable fiscal es importante haber realizado previamente:
- Los estados financieros (Balance general y Estado de resultados),
- El registro de la depreciación contable del año,
- La determinación de los ingresos acumulables,
- La determinación de las deducciones autorizadas
- El ajuste anual por inflación, para determinar si el resultado es acumulable o deducible,
- La cedula de deducción de inversiones,
- Determinar el costo de lo vendido.
Una vez determinadas las cifras anteriores, entonces podremos hacer la conciliación contable-fiscal de la siguiente manera:
1.- Partir de la utilidad o pérdida neta del estado de resultados.
2.- Adicionar los ingresos que fueron fiscales, pero no contables y las deducciones o gastos que fueron contables, pero no fiscales.
3.- Restar las deducciones fiscales no contables y los ingresos contables no fiscales.
4.- Llegar a la utilidad o pérdida fiscal antes de PTU. Si la utilidad fiscal no coincide con el resultado entre los ingresos acumulables y las deducciones autorizadas, entonces tenemos algún error en nuestros cálculos fiscales.
Los ejemplos más comunes de las partidas que deben considerarse para la conciliación contable entre el resultado contable y el fiscal son:
Ingresos fiscales no contables:
- Ajuste anual por inflación acumulable
- Anticipo de clientes
- Intereses moratorios efectivamente cobrados
- Ganancia en la enajenación de acciones o por reembolso de capital
- Ganancia en la enajenación de Terrenos y Activo Fijo
- Inventario acumulable del ejercicio
Deducciones contables no fiscales:
- Costo de Ventas Contable
- Depreciación y amortización contable
- Gastos que no reúnen requisitos fiscales
- ISR y PTU
- Pérdida contable en enajenación de acciones
- Pérdida contable en enajenación de Activo Fijo
- Pérdida en participación subsidiaria
- Intereses devengados que exceden del valor de mercado y moratorios pagados o no
Deducciones fiscales no contables:
- Ajuste anual por inflación deducible
- Adquisiciones netas de mercancías, materias primas, productos semiterminados o terminados
- Costo de lo vendido fiscal
- Mano de obra indirecta
- Maquilas
- Gastos indirectos de fabricación
- Deducción de inversiones
- Estímulo fiscal por deducción inmediata de inversiones
- Estímulo fiscal de las personas con discapacidad y/o adultos mayores
- Pérdida fiscal en enajenación de acciones
- Pérdida fiscal en enajenación de Terrenos y Activo Fijo
- Intereses moratorios efectivamente pagados
Ingresos contables no fiscales:
- Intereses moratorios devengados a favor cobrados o no
- Anticipo de clientes de ejercicios anteriores
- Saldos a favor de impuestos y su actualización
- Utilidad contable en enajenación de Activo Fijo
- Utilidad contable en enajenación de Acciones
- Utilidad en participación subsidiaria
Proceso para elaborar la conciliación contable fiscal
En Contadigital puedes hacer el cierre fiscal de personas morales del Régimen General, incluida la conciliación contable-fiscal y todos los papeles de trabajo para llenar tu declaración anual de ISR.