Con la entrada en vigor de las reformas al Outsourcing de nóminas, las empresas que contraten servicios especializados deberán inscribirse en el REPSE (Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas) y presentar declaraciones informativas de dichos contratos ante el IMSS e INFONAVIT mediante sus sistemas denominados ICSOE y SISUB.

 

¿Qué es el Sistema de Información de Subcontratación (ICSOE) y cuál es su objetivo?

 

Es la herramienta electrónica denominada Informativa de Contratos de Servicios u Obras Especializados (ICSOE) a través de la cual los prestadores de servicios o ejecutores de obras especializadas (Inscritos en el REPSE) reportarán al IMSS la información de los contratos celebrados en materia de subcontratación de servicios especializados o de ejecución de obra especializada.

Su objetivo es facilitar el cumplimiento de la obligación periódica de presentar al IMSS la información de los contratos realizados, conforme al cuatrimestre de que se trate.

 

¿Quiénes deben presentar la declaración ante el ICSOE?

 

Si eres una persona física o moral que ejecuta servicios especializados o realiza obras especializadas y obtuviste el Registro del REPSE, estás obligado a presentar la informativa de contratos.

Es importante puntualizar que desde el momento en que a la persona física o moral le autorizan el registro ante el  REPSE, adquiere la obligación de presentar la declaración informativa de contratos ante el IMSS.

 

¿Cuándo y de qué forma debo cumplir con la información?

 

Se deberá presentar de manera cuatrimestral a más tardar el día 17 de los   meses de enero, mayo y septiembre*.

Es decir:

 

*Nota: El vencimiento estará condicionado a lo dispuesto en el penúltimo párrafo del artículo 12 del Código Fiscal de la Federación. Si el último día del plazo y las oficinas están cerradas durante el horario normal de labores o se trata de un día inhábil, se prorrogará el plazo hasta el siguiente día hábil. También se prorrogará el plazo hasta el siguiente día hábil cuando sea viernes el último día del plazo en que se deba presentar la declaración respectiva.

 

¿Qué datos e información se requiere para dar cumplimiento a la informativa del ICSOE?

 

Antes de ingresar a la plataforma es importante tener a mano la siguiente información:

 

1. INFORMACIÓN GENERAL DEL CONTRATISTA Y EL CONTRATANTE

•         Nombre

•         Denominación o razón social

•         Registro Federal de Contribuyentes

•         Domicilio social o convencional en caso de ser distinto al fiscal

•         Correo electrónico

•         Teléfono de contacto

 

2. INFORMACIÓN DEL CONTRATO

•         Objeto

•         Periodo de vigencia

 

3. INFORMACIÓN DE LOS TRABAJADORES:

•         Número de Seguridad Social, CURP y Salario Base de Cotización.

 

4. DOCUMENTACIÓN A ADJUNTAR

Copia simple del registro emitido por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social para la prestación de servicios especializados o la ejecución de obras especializadas.

Para el llenado de la declaración informativa, el IMSS en su página https://www.imss.gob.mx/icsoe/material nos proporciona material de apoyo donde se encuentra la guía denominada “Registro de Informativa y contratos”.

 

¿Dónde y cómo ingreso al ICSOE?

 

Ingresa a la dirección electrónica www.imss.gob.mx, en el apartado Patrones o Empresas, posteriormente elige cumplimiento de obligaciones fiscales y por último la opción ICSOE.

 

La página nos despliega dos opciones de acceso:

1. Usuario (Contratista), su ingreso es a través de la E.Firma proporcionada por el SAT. En caso de que el contratista sea persona moral, la E.Firma debe ser de la persona moral, nunca del Representante Legal.

2. Usuario (Capturista), su ingreso es a través de la CURP y contraseña. Deberá ser una persona designada por el contratista.

En caso de que se tengan que designar a capturistas, es indispensable que el usuario (contratista) realice su registro de datos generales para que posteriormente realice el alta de los capturistas.

A fin de realizar el registro y alta de contratistas, el IMSS en  su página https://www.imss.gob.mx/icsoe/material, nos proporciona material de apoyo donde se encuentra la guía denominada INGRESO DEL CONTRATISTA, REGISTRO DE DATOS GENERALES Y ALTA DE USUARIOS: http://www.imss.gob.mx/sites/all/statics/icsoe/materiales/1-Guia-Ingreso-Contratista-registro-datos-generales-alta-usuarios.pdf.

 

¿Qué tipos de declaraciones se presentan?

 

Se podrán presentar dos tipos de declaratorias:

1.- Con información. En caso de tener contratos de servicio u obra especializada vigentes.

2.- Sin información. En caso de no tener contratos vigentes.

 

Para esta situación, el IMSS emitió una GUÍA: INFORMATIVA SIN INFORMACIÓN depositada en el menú MATERIAL DE APOYO depositada en la liga http://www.imss.gob.mx/sites/all/statics/icsoe/materiales/5-Guia-Informativa-Sin-Informacion.pdf, en donde nos da a conocer los pasos para realizar el Registro de una Informativa sin Información.

 

¿Qué pasa si no presento la informativa de los contratos celebrados en tiempo?

 

El IMSS podría sancionarte con una multa de 500 a 2000 UMAs de acuerdo con lo establecido en el artículo 304 A, párrafo primero, fracción XXII, en relación con el artículo 304 B, párrafo primero, fracción V, ambos de la Ley del Seguro Social.

 


 

¿Qué es el Sistema de Información de Subcontratación (SISUB) y cuál es su objetivo?

 

Es la herramienta electrónica denominada Sistema de Información de Subcontratación (SISUB) a través de la cual los prestadores de servicios o ejecutores de obras especializadas (Inscritos en el REPSE) reportarán al INFONAVIT la información de los contratos celebrados en materia de subcontratación de servicios especializados o de ejecución de obra especializada.

Su objetivo es ser el medio que facilite el envío de la información de los contratos y de los trabajadores que estuvieron vinculados a esos contratos en el periodo que se reporta, es decir, se debe especificar la información relativa a las partes del contrato, incluyendo Registro Federal de Contribuyentes y Registro Patronal ante el IMSS, el objeto y vigencia del contrato, número y categoría de los trabajadores asignados a cada contrato y la justificación del trabajo especializado.

 

¿Quiénes deben presentar la declaración ante el SISUB?

 

Si eres una persona física o moral que ejecuta servicios especializados o realiza obras especializadas y obtuviste el Registro del REPSE, estás obligado a presentar la informativa de contratos.

Es importante puntualizar que desde el momento en que a la persona física o moral le aceptan el registro en el REPSE, adquiere la obligación de presentar la declaración informativa de contratos ante el INFONAVIT.

 

¿Cuándo y de qué forma debo cumplir con la información?

 

Se deberá presentar de manera cuatrimestral a más tardar el día 17 de los meses de enero, mayo y septiembre.

Es decir:

 

*Nota: El vencimiento estará condicionado a lo dispuesto en el penúltimo párrafo del artículo 12 del Código Fiscal de la Federación. Si el último día del plazo y las oficinas están cerradas durante el horario normal de labores o se trata de un día inhábil, se prorrogará el plazo hasta el siguiente día hábil. También se prorrogará el plazo hasta el siguiente día hábil cuando sea viernes el último día del plazo en que se deba presentar la declaración respectiva.

 

 

¿Qué datos e información se requiere para dar cumplimiento a la informativa del SISUB?

 

Antes de presentar la declaración informativa es importante tomar en cuenta lo siguiente:

 

  • Estar registrado en el Portal Empresarial.

https://empresarios.infonavit.org.mx/wps/portal/registroPatronal/

  • Tener el registro emitido por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (en formato pdf).
  • Tener la Escritura Constitutiva y modificaciones (en formato pdf).
  • Registro Federal de Contribuyentes (RFC).

 

Dentro de la información a presentar, se deberán solicitar en el portal de INFONAVIT algunos formatos preestablecidos para su llenado y envío en la declaración correspondiente que son:

 

Layout detalle contrato.xlsx.

Los datos para capturar en este archivo son los siguientes:

 

Layout detalle trabajadores.xlsx.

Los datos a solicitar en éste archivo son los siguientes:

 

Layout informacion sujeto obligado.xlsx.

Los datos para capturar en este archivo son los siguientes:

Los archivos anteriores están disponibles para descargar del portal de INFONAVIT en el apartado denominado MATERIAL DE RELACIONADO que se encuentra en la siguiente liga:

https://portalmx.infonavit.org.mx/wps/portal/infonavit.web/patrones/conoce-pagos/sisub/

 

 

 

Asimismo, para el llenado de dichos formatos se tiene la “Guía Instructivo de llenado de los Archivos XLS del Sistema de Información de Subcontratación SISUB” en la que se detalla paso a paso el llenado de cada uno de los archivos solicitados.

Liga: https://portalmx.infonavit.org.mx/wps/wcm/connect/d7b2925e-0309-4a89-8cb8-2f67e7a2aa28/Instructivo_llenado_archivos_xls_SISUB.pdf?MOD=AJPERES

No hay que olvidar que una vez que hayas llenado los archivos, deberás guardarlos en formato “.csv”.

 

¿Dónde y cómo ingreso al SISUB?

 

Ingresa al Portal de Internet del INFONAVIT en la opción portal empresarial:

 

https://empresarios.infonavit.org.mx/

 

En el PORTAL EMPRESARIAL existen tres opciones:

  • BAJA DE REGISTRO
  • INGRESAR
  • CREAR CUENTA

De ingresar por primera vez, deberás dar clic en la opción Crear cuenta, es importante tener a la mano los siguientes datos ya que el sistema te los pedirá:

• Número de Registro Patronal (NRP).

• Correo electrónico con el que registró el Número de Registro Patronal.

• Contraseña (clave que se generó al momento del registro)

 

El INFONAVIT nos proporciona una Guía de usuario para el registro, acceso y recuperación de contraseña del Portal Empresarial, en ella se detalla el procedimiento a seguir:

https://portalmx.infonavit.org.mx/wps/wcm/connect/f6802eb6-d818-4cd9-9127-ef40f51c9458/Guia_usuario_Registro_actualizacion_datos_en_Portal_Empresarial.pdf?MOD=AJPERES&CONVERT_TO=url&CACHEID=ROOTWORKSPACE-f6802eb6-d818-4cd9-9127-ef40f51c9458-mqOh9Np

 

Una vez terminado el registro, ahora ya tenemos una cuenta y podremos hacer uso del sistema a través del icono INGRESAR.

 

¿Qué tipos de declaraciones se presentan?

 

Se podrán presentar dos tipos de declaratorias:

1.- Con información. En caso de tener contratos de servicio u obra especializada vigentes.

2.- Sin información. En caso de no tener contratos vigentes.

 

FUENTES DE INFORMACIÓN

 https://repse.stps.gob.mx/

Ley Federal del Trabajo Art. 15

Ley del Seguro Social Artículo 15-A. 

Ley del Infonavit Artículo 29.° bis

 

El 4 de junio de 2015, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (“DOF”) el decreto por el que se adiciona el artículo 29 Bis a la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (“INFONAVIT”).

ACUERDO por el que se dan a conocer las disposiciones de carácter general para el registro de personas físicas o morales que presten servicios especializados o ejecuten obras especializadas a que se refiere el artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo. Publicado en DOF: 24/05/2021

Reglas de carácter general que establecen los procedimientos a que se refiere el Artículo 29-Bis segundo párrafo de la ley del Infonavit.