Los vales de despensa son una prestación de carácter no obligatorio que las empresas pueden incluir en un plan de previsión social para sus colaboradores.
Un plan de previsión social, de acuerdo con el quinto párrafo del artículo 7 de la Ley de ISR, son las erogaciones efectuadas que tengan por objeto satisfacer contingencias o necesidades presentes o futuras, así como otorgar beneficios a favor de los trabajadores, tendientes a su superación física, social, económica o cultural, que les permitan el mejoramiento en su calidad de vida y en la de su familia.
¿Aumenta la despensa el pago de contribuciones?
Un aspecto muy resaltante es que no forman parte del Salario Base de Cotización (SBC), esto siempre y cuando su importe no rebase el 40% del salario mínimo general vigente (hoy UMA) según lo establece el artículo 27 fracción VI de la Ley del Seguro Social (LSS). Si la cantidad rebasa el tope mencionado, si formará parte del SBC.
Por otro lado, los vales de despensa no forman parte de la base gravable para ISR en el empleado, siempre y cuando no rebase el tope establecido para previsión social (para saber como calcular el tope revisa nuestro blog
) y esta prestación se entregue en especie o a través de los monederos electrónicos de vale de despensa autorizados por el SAT.
¿La despensa es un gasto deducible para ISR?
Por ser una prestación exenta de ISR, tiene la limitante de deducibilidad parcial establecida en el artículo 28 fracción XXX de LISR, en donde se establece que el porcentaje de deducción puede ser del 47% o 53% de la prestación exenta, según el supuesto en el que se encuentre.
El artículo 27, fracción XI de la Ley del ISR establece que, tratándose de vales de despensa otorgados a los trabajadores, serán deducibles siempre que su entrega se realice a través de los monederos electrónicos de vales de despensa que al efecto autorice el SAT.
¿Qué aspectos debo de considerar si deseo pagar vales de despensa a mis empleados?
- Tener un plan de previsión social previamente establecido de forma escrita y así otorgar el beneficio de forma igualitaria a todos los empleados.
- No tener adeudos fiscales con la autoridad competente en materia.
- Contar con un contrato firmado con alguna empresa de monederos electrónicos que cuente con la autorización del padrón dado por el SAT.
- Cumplir con la comprobación de deducibilidad establecido en un CFDI.
En este enlace te compartimos el padrón de emisores de monederos electrónicos de vales de despensa autorizados por el SAT.
Recuerda que en contaDIGITAL es posible elaborar el cálculo de tu nómina de forma automática y puedes considerar como una incidencia permanente percepciones de previsión social como lo son los vales de despensa.
¿Cómo contabilizar los vales de despensa?
Como bien sabemos, estos monederos representan una erogación que se da previo a su entrega a los trabajadores; dicha erogación debe estar amparada con un CFDI que cuente con el complemento vales de despensa que expida el emisor autorizado.
Una de las condicionantes que LISR establece para que sean deducibles, es que se hayan registrado en la contabilidad de forma correcta.
A continuación, te mostramos como realizar el registro contable.
La EMPRESA FELIZ SA DE CV a través de un plan de previsión social decide dar vales de despensa a sus empleados, por lo cual celebra un contrato con uno de los emisores de monederos electrónicos de vales de despensa autorizados por el SAT.
Tal emisor expide a la empresa un CFDI que ampara un concepto de vales de despensa con comisiones e IVA. Cabe destacar que la asignación de dichos vales a los trabajadores será en un plazo menor a 12 meses.
1.- Se realiza la provisión de la compra:
2.- Se registro el pago (flujo) de la factura del proveedor de monederos:
3.- Se realiza la provisión de la nómina:
Referencias:
- Criterio 27/ISR/NV Previsión social para efectos de la determinación del ISR. No puede otorgarse en efectivo o en otros medios equivalentes.
- Consejo Técnico del IMSS número 26/2017
- Tesis de jurisprudencia 2a./J.39/97, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación
- Tesis de jurisprudencia por contradicción 2a./J.58/2007, emitida por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación
- Artículo 28 fracción XXX de LISR
- Decreto por el que se creó la UMA para sustituir todas las referencias en salario mínimo previstas en nuestra legislación y del Acuerdo del Consejo Técnico del IMSS número 26/2017, del 25 de enero de 2017,
- https://www.gob.mx/sat/acciones-y-programas/preguntas-frecuentes-monederos-electronicos-de-vales-de-despensa