La reforma laboral del 23 de abril de 2021, además de los cambios en la subcontratación, estableció un “tope” a la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de la Empresa (PTU).
En este sentido, se adicionó la fracción VIII al artículo 127 de la Ley Federal del Trabajo, que establece lo siguiente:
VIII.- El monto de la participación de utilidades tendrá como límite máximo tres meses del salario del trabajador o el promedio de la participación recibida en los últimos tres años; se aplicará el monto que resulte más favorable al trabajador.
¿Cómo se calcula el tope de PTU?
El procedimiento para calcular la base gravable de PTU o la cantidad que le corresponde a cada trabajador no ha cambiado; de ese monto determinado, solo habría que considerarse que no puede ser mayor a tres meses del sueldo ni del promedio de PTU de los últimos tres años.
Ejemplo:
La empresa X, SA de CV ya determinó la PTU que le corresponde a cada trabajador.
Cómo se calcula la PTU
.*El salario base de reparto es 90 días de cuota diaria para salarios fijos. Cuando el salario sea variable, debe considerarse el promedio diario del año.
TRABAJADOR 1
De no existir este nuevo tope, le hubiera tocado una PTU de $75,000. No puede recibir más de 3 meses de su sueldo ($58,500), sin embargo, el promedio de la PTU que había recibido en los 3 últimos años es de $62,000, por lo que éste monto es el que resulta más favorable entre los 2 topes.
TRABAJADOR 2
Este trabajador hubiese recibido $35,000, sin embargo, 3 meses de su sueldo hacen topar su PTU a $27,000, que es superior al promedio de PTU de los últimos 3 años ($20,000).
TRABAJADOR 3
La PTU no rebasa ninguno de los topes, por lo que su monto determinado será el mismo a repartir ($13,600).
¿Qué pasa con la PTU no repartida?
El último párrafo del artículo 122 de la LFT establece que cuando existan utilidades no reclamadas en el año en que sean exigibles, se agregará a la utilidad repartible del año siguiente.
Cabe señalar que este párrafo hace referencia a los montos de trabajadores que tuvieron derecho a utilidad y nunca la cobraron. Sin embargo, la PTU excedente derivada del tope no exigible y por lo tanto no se agregaría a la PTU del año siguiente.
En este orden de ideas, en caso de que la empresa tenga PTU no repartida por el tope, existiría la necesidad de ajustar la provisión de PTU del año anterior y por consiguiente afectar el resultado de ejercicios anteriores. Ante esta situación, aunque la provisión de PTU no es deducible y no afecta al ISR determinado, técnicamente debería presentarse una declaración complementaria donde se manifiesta correctamente la utilidad o pérdida financiera del ejercicio (junto a la conciliación contable-fiscal).
¿A partir de cuando se aplica el tope a la PTU?
La reforma que establece el tope a la PTU entró en vigor el 24 de abril de 2021, por lo puede decirse que la PTU de 2021, pagadera en 2022, tiene 2 reglas de cálculo. Sin embargo, no perdamos de vista que la utilidad fiscal, que es la base para determinar la PTU, es anual y resulta complicado determinar 2 bases de cálculo. En este sentido, creemos que lo correcto es usar para 2021 la ley vigente en 2022; es decir, aplicar el tope.
¿Qué pasa si no aplico el tope a la PTU?
Es decisión del patrón topar o no la PTU, sin embargo, es probable que el IMSS y el SAT quieran considerar al excedente como un salario variable que incrementaría el salario base de cotización (SBC) y que aumentaría la base gravable de ISR.
Otra opinión es que el excedente también tiene la calidad de PTU, toda vez que fue determinada en el resultado fiscal, y por lo tanto no existe una intención de “esconder” salarios bajo este concepto.
Si se decide por no topar la PTU, es importante que quede establecido en el proyecto de reparto individual determinado por la comisión mixta (representantes de los trabajadores y la empresa).
¿Es equitativo este nuevo tope de PTU?
Este tope ya está generando controversia sobre su equidad. Si bien es cierto que muchos empresarios se verán beneficiados, hay otros empleados que consideran injusto este procedimiento en algunos casos. Pongamos el siguiente ejemplo:
Con el anterior procedimiento anterior, el trabajador A que trabajó todo el año hubiese recibido más que el trabajador B que solo laboró 7 meses. Con el nuevo procedimiento, estos trabajadores con salarios iguales recibirán los mismo.
Las interrogantes ante este nuevo procedimiento de tope son varias y en los próximos meses o años seguramente tendremos tesis al respecto.
Si quieres conocer más de este tema, puedes descargar el Manual Laboral y Fiscal sobre la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas 2021, publicado por la STPS, el SAT y la PROFEDET:
http://omawww.sat.gob.mx/repartodeutilidades/Paginas/documentos/manual.pdf