La reforma constitucional al artículo 123 no solo implica el tema de la jornada laboral de 40 horas y en este blog te responderemos las preguntas más frecuentes.

 

¿Tus clientes ya comenzaron a preguntarte sobre las 40 horas?

 

Seguramente sí.

• ¿Ahora se descansarán dos días?

• ¿Ya es obligatorio trabajar solo 40 horas?

• ¿Qué pasará con las horas extra?

• ¿Ahora será obligatorio usar reloj checador?

 

Y honestamente, gran parte de la confusión es normal.

Porque, aunque todos hablan de la “jornada laboral de 40 horas”, la reforma trae muchos más cambios de los que parecen.

Y aquí está el verdadero reto para el contador: No solo conocer la ley, sino entender cómo aterrizarla en la operación de los clientes.

 

 

¿Ya es obligatoria la jornada laboral de 40 horas?

 

Si, pero no de manera inmediata.

La reforma publicada el 1 de mayo de 2026 modificó diversos artículos de la Ley Federal del Trabajo, estableciendo una jornada máxima de 40 horas semanales, principalmente en los artículos 58, 59, 61, 66, 68, 69, 71, 132 y 994 de la LFT.

Sin embargo, la implementación será gradual hasta 2030. La transición será así:

Esto significa que el cambio no será inmediato, pero las empresas deben empezar a prepararse desde ahora.

 

¿Se pueden reducir salarios?

 

No. La propia reforma establece que la reducción de jornada no podrá implicar disminución de salarios ni prestaciones. (Artículo Séptimo Transitorio del Decreto)

Y aquí empieza uno de los mayores impactos:  El costo por hora trabajada aumentará, porque el trabajador laborará menos horas pero seguirá ganando lo mismo.

 

Entonces, ¿ahora serán obligatorios dos días de descanso?

 

Aquí es donde empieza una de las mayores confusiones. Muchas personas están interpretando que si la jornada será de 40 horas y el límite diario sigue siendo de 8 horas, entonces: 5 días x 8 horas = 40. Las 40 horas se cumplirían trabajando únicamente de lunes a viernes. Y sí, operativamente muchas empresas probablemente migrarán a ese esquema pero jurídicamente no es tan simple. El artículo 123 Constitucional sigue señalando que por cada seis días de trabajo corresponde al menos un día de descanso. Además, el artículo 58 reformado de la LFT permite que la jornada pueda distribuirse de común acuerdo entre trabajador y patrón. Eso significa que:   Las 40 horas podrían distribuirse en 5 o incluso en 6 días.

 

Ejemplos prácticos

 

Escenario 1 (Jornada en 5 días)

Trabajador labora: lunes a viernes

8 horas diarias

Entonces: 5 días x 8 horas = 40 horas

Descansaría sábado y domingo.

 

Escenario 2 (Jornada distribuida en 6 días)

Trabajador labora: lunes a sábado

Aproximadamente 6.66 horas diarias

Entonces: 6 días X 6.66 horas = 40 horas aprox.

Descansaría únicamente un día.

 

La reforma:

  • Sí reduce la jornada semanal pero NO establece expresamente dos días obligatorios de descanso. El esquema dependerá de cómo se distribuya la jornada.

 

 

Horas extra: aquí estará uno de los mayores riesgos

 

La reforma también modificó los artículos 66 y 68 de la LFT.Y honestamente: aquí muchas empresas podrían tener problemas. Las horas extra dobles se permitirán hasta 12 horas extra por semana, distribuidas hasta en 4 horas por día, máximo 4 días por semana (Artículo 66 LFT).  Cuando se excedan esas 12 horas, las adicionales se pagarán triples, pero únicamente hasta 4 horas más por semana (Artículo 68 LFT).

 

 

Casos prácticos pare entender los topes

 

Escenario 1 (Horas extra sobles dentro del límite)

Trabajador realiza:

3 horas extra el lunes

3 horas extra el martes

3 horas extra el miércoles

Entonces: 3+3+3=9

Resultado:Son horas extra dobles. Está dentro del límite legal.

 

Escenario 2 (Límite máximo doble)

Trabaja:

4 horas extra el lunes

4 horas extra el martes

4 horas extra el miércoles

Entonces: 4+4+4=12

Resultado: Las 12 horas son dobles.  Está en el máximo permitido.

 

Escenario 3 (Empiezan horas triples)

Trabaja:

12 horas dobles más 2 adicionales

Entonces:  12+2=14

Resultado:Primeras 12 horas son dobles. 2 horas excedentes son triples.

 

Escenario 4 (Exceso ilegal)

Trabaja:

12 horas dobles más 6 adicionales

Entonces: 12+6=18

Resultado: Solo 4 podrían ser triples. Las demás ya exceden incluso el límite extraordinario permitido por la ley.

 

 

Reloj checador: el cambio que muchos no están viendo

 

Mientras todos hablan de las “40 horas”, el verdadero cambio podría estar en el control electrónico de jornadas. La reforma adicionó la fracción XXXIV al artículo 132 de la LFT. Y aquí viene algo muy importante, ahora será obligatorio registrar electrónicamente: hora de entrada,  hora de salida y   jornada laboral del trabajador. 

La ley ya no habla de listas manuales o controles en papel, ahora apunta a relojes checadores, biométricos,  apps, software de asistencia,   sistemas digitales. ¿Por qué esto es tan relevante? Porque históricamente uno de los mayores problemas laborales ha sido probar, cuánto tiempo realmente trabajó una persona. Y ahora,  el registro electrónico podrá servir como evidencia   ante inspecciones, auditorías, o demandas laborales (Artículo 132 fracción XXXIV LFT). 

Pero hay un detalle importante,  la reforma señala que el registro hará prueba plena si fue acordado entre trabajador y patrón. Y aquí podrían surgir temas relacionados con  consentimiento, políticas internas,  biométricos,  protección de datos. 

 

 

 

¿Qué implica la reforma laboral para los Contadores?

 

Muchísimo. Porque muchos clientes actualmente no controlan realmente jornadas, pagan horas extra sin soporte  o manejan horarios informale. Con esta reforma, eso se vuelve cada vez más riesgoso. ¿Entonces que deberías hacer ahora? 

  • Revisar jornadas reales, no solo las que aparecen en contrato.
  • Analizar dependencia de horas extra. Muchas operaciones dependen demasiado del tiempo extraordinario.
  • Implementar controles digitales. Porque el registro electrónico será cada vez más importante.
  • Revisar impacto financiero. La reducción de jornada puede aumentar costo  incluso sin subir salarios.
  • Anticiparte.  El peor error será esperar hasta 2027 o 2030.

 

Conclusión

 

La reforma laboral de 40 horas no solo reduce la jornada, está transformando la administración de nómina, el control de horarios, el manejo de horas extra y la forma en que las empresas documentan el trabajo. Y honestamente, muchas empresas todavía no están preparadas para eso. El contador que entienda esta reforma, podrá prevenir riesgos, asesorar estratégicamente y generar muchísimo valor para sus clientes.