Este 2021 el SAT extendió la fecha para la presentación de la declaración anual de personas físicas hasta el 31 de mayo de 2021.

¿Quiénes tienen que presentarla?

¿Qué necesito para presentarla?

Se presenta por Internet con tu RFC y la contraseña (antes clave CIEC) o eFirma en el siguiente portal:

https://anualpf.clouda.sat.gob.mx/

La información estará prellenada de todos los ingresos y deducciones provenientes de los CFDIS. Para aquellas transacciones donde no hay un CFDI o existe alguna discrepancia, podrás hacer algunas modificaciones.

Si tienes dudas del detalle de los comprobantes emitidos por terceros, consulta los visores de nóminas y deducciones personales:

Visor de nóminas

https://www.sat.gob.mx/declaracion/97720/consulta-el-visor-de-comprobantes-de-nomina-para-el-trabajador

Visor de deducciones personales

https://www.sat.gob.mx/declaracion/94574/consulta-el-visor-de-deducciones-personales

Tengo cantidad a pagar ¿Qué hago?

Es normal que al juntar varios tipos de ingresos te resulte alguna cantidad a pagar. Si tienes deducciones personales, puedes disminuir dicho impuesto a cargo o inclusive obtener un saldo a favor. Las deducciones personales que puedes incluir en tu declaración son las siguientes:

Gastos médicos

  • Honorarios médicos.
  • Dentista, tratamientos y consultas.
  • Servicios de psicología y nutrición.
  • Gastos médicos por incapacidad o discapacidad.
  • Gastos hospitalarios.
  • Medicinas incluidas en facturas por hospitalización (que se incluyan en comprobantes de hospitales, no comprobantes de farmacias).
  • Análisis clínicos, estudios de laboratorio o prótesis.
  • Compra o alquiler de aparatos para el restablecimiento o rehabilitación.
  • Honorarios a enfermeras.
  • Lentes ópticos graduados (hasta por un monto de $2,500), en el ejercicio, por cada una de las personas a las que se les compren lentes, siempre que se describan las características de dichos lentes en el comprobante o se cuente con el diagnóstico de un oftalmólogo u optometrista.

Gastos funerarios

  • Si no exceden de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) anual equivalente a $31,693.80. Puedes deducir los pagos realizados para ti, tu cónyuge o concubino (a), así como para padres, abuelos, hijos y nietos siempre que dichas personas no perciban ingresos que excedan el valor de la Unidad Médica y Actualización (UMA) anual equivalente a $31,693.80.

Donativos

  • El límite para deducir donativos es considerando los ingresos acumulables del ejercicio inmediato anterior, hasta el 7% para los otorgados a donatarias autorizadas y hasta el 4 % para los otorgados a la Federación.

Colegiaturas hasta:

  • Preescolar: $14,200
  • Primaria: $12,900
  • Secundaria: $19,900
  • Profesional técnico: $17,100
  • Bachillerato o su equivalente: $24,500

Aportaciones para el retiro

  • Puedes deducir aportaciones complementarias de retiro y aportaciones voluntarias realizadas directamente a tu subcuenta, siempre que cumplan con los requisitos de permanencia.
  • Son deducibles las aportaciones que serán destinadas exclusivamente para ser utilizadas cuando el titular llegue a la edad de 65 años o en los casos de invalidez o incapacidad para realizar un trabajo personal remunerado de conformidad con las leyes de seguridad social.

Primas de seguros de gastos médicos

  • Son deducibles los pagos de primas por seguros de gastos médicos complementarios o independientes de los servicios de salud públicos.
  • Puedes deducir los pagos realizados para ti y en su caso, tu cónyuge, concubino(a), ascendientes o descendientes en línea recta.

Transporte escolar obligatorio

  • Cuando éste sea obligatorio en los términos de las disposiciones jurídicas del área donde la escuela se encuentre ubicada o cuando para todos los alumnos se incluya dicho gasto de colegiatura.
  • Puedes deducir los pagos realizados para tus descendientes en línea recta.
  • Deberás cerciorarte que en tu comprobante, el monto que corresponda por concepto de transporte escolar esté separado de los otros gastos escolares.
  • El medio de pago deberá ser por cheque nominativo, transferencia electrónica, tarjeta de débito, crédito y servicios.

Intereses de créditos hipotecarios

Intereses reales devengados y efectivamente pagados por créditos hipotecarios, destinados a casa habitación contratados con el sistema financiero, INFONAVIT o FOVISSSTE, entre otras.

El crédito otorgado no deberá exceder $4,954,197.75 (750 mil UDIS, monto que debe actualizarse al 31 de diciembre de 2020).

En caso de fideicomiso, se consideran créditos hipotecarios aquellos destinados a la adquisición, construcción, remodelación de casa habitación o pago de pasivos que se destinen exclusivamente a estos fines.

La suma de todas estas deducciones no puede exceder de 5 UMAS al año ($158,469) 0 el 15% de tus ingresos (incluidos los exentos), lo que resulte menor.

Obtuve saldo a favor ¿Cómo lo cobro?

Si obtuviste un saldo a favor, la devolución será automática a tu CLABE bancaria señalada en los plazos que el SAT establezca.

“El SAT prometió que quien cumpla con todos los requisitos obtendrá su devolución en 5 días hábiles, aunque el plazo legal sea de 40 días”.

Si tu saldo a favor es menor o igual a $10,000, o ya tienes una CLABE precargada en la aplicación y el saldo a favor no supera los $150,000, entonces podrás presentarla solo con contraseña (CIEC); de lo contrario deberás usar tu eFirma para enviarla.

Para consultar el estatus de tu devolución consulta el siguiente enlace:

https://www.sat.gob.mx/consultas/login/93266/seguimiento-de-tramites-y-requerimientos