El pasado 29 de septiembre de 2021, el SAT publicó la tercera versión anticipada de la tercera resolución de modificaciones a la resolución miscelánea fiscal para 2021, que otorgará facilidades en la emisión del complemento carta porte.

 

Transporte local emitirá CFDI sin complemento y transporte federal con complemento

 

Según la regla 2.7.1.52, los contribuyentes que presten servicio de autotransporte terrestre de carga general y especializada, sin que el traslado implique transitar por algún tramo de jurisdicción federal, podrán acreditar el transporte de los bienes o mercancías mediante la representación impresa, en papel o en formato digital, del CFDI de tipo ingreso, sin complemento.

Así mismo, los propietarios, poseedores o tenedores que transporten mercancías o bienes que formen parte de sus activos, sin que el traslado implique transitar por algún tramo de jurisdicción federal, podrán acreditar dicho transporte mediante la representación impresa, en papel o en formato digital, del CFDI de tipo traslado, sin complemento.

En caso de que, por cualquier causa, se transite por algún tramo de jurisdicción federal, los contribuyentes deberán emitir CFDI de ingreso o traslado con complemento carta porte.

 

Servicios de paquetería o mensajería: sólo emitirán CFDI con complemento en tramos federales, pero con números de guía relacionados

 

De acuerdo con la regla 2.7.1.53, aquellos contribuyentes que presten el servicio de paquetería podrán emitir un CFDI de ingreso sin complemento carta porte por la totalidad del servicio. En este consignarán, a nivel producto “nodo concepto”, todos los números de guía relacionados de los paquetes amparados en este CFDI y además:

1.- Emitirán un CFDI traslado, sin complemento carta porte, por la “primer milla de la cadena de servicio” cuando se tenga la plena certeza de que no transitará por algún tramo de jurisdicción federal. En este también relacionará los números de guía de los paquetes amparados en este CFDI;

2.- Emitirán un CFDI traslado, con complemento carta porte, en la “etapa intermedia del servicio” por cada tramo que implique un cambio de medio o modo de transporte, registrando los números de guía de los paquetes que se transportan;

3.- Emitirán un CFDI traslado, sin complemento carta porte, por la “última milla del servicio” donde el paquete se entrega al destinatario final, cuando se tenga la plena certeza de que no transitará por algún tramo de jurisdicción federal. También deben relacionarse todos los números de guía.

Si estos contribuyentes que prestan servicios de paquetería y mensajería contratan a un intermediario para el traslado de los paquetes, entonces el transportista contratado deberá emitir CFDI de ingreso con complemento carta porte.

Esta regla también aplica para las empresas de transporte autotransporte terrestre foráneo de pasaje y turismo que presten servicio de paquetería y mensajería.

 

Servicios de grúas y traslado de valores a nivel local no emitirán CFDI con complemento carta porte, pero deben relacionar CFDI traslado con CFDI de ingreso

 

Las reglas 2.7.1. 54 y 2.7.1.55 también facilitan la omisión del complemento carta porte para quienes presten el servicio de “grúas de arrastre” y “grúas de arrastre y salvamento y depósito de vehículos” que transporten bienes, así como para quienes trasladen fondos y valores, sin que el servicio implique el transitar por algún tramo de jurisdicción federal.

Por la contraprestación deberán emitir un CFDI de ingreso y para amparar la mercancía transportada, emitirán un CFDI tipo traslado relacionándolo con el CFDI de ingreso.

 

Servicio de transporte consolidado de mercancías

 

Los contribuyentes que presten el servicio de transporte de carga consolidada de bienes y/o mercancías, siempre que las cargas sean identificadas mediante una clave o número de identificación único y estos sean registrados en los nodos “Concepto” que sean necesarios para relacionar cada una de las cargas amparadas en el comprobante, podrán emitir por cada cliente un CFDI de ingresos sin el complemento carta porte.

Aplicará la misma lógica que aplica para los contribuyentes que prestan servicios de paquetería y mensajería. La primera milla se amparará con CFDI traslado sin complemento carta porte, pero agregando la clave o número de identificación de las cargas a nivel “nodo concepto”. Por la etapa intermedia se emitirá CFDI traslado con complemento carta porte para cada tramo que implique un cambio de medio de transporte, relacionándolo con el CFDI de ingreso. En la última milla se emitirá CFDI traslado sin complemento carta porte, agregando la clave o número de identificación de las cargas a nivel “nodo concepto” y relacionándolo con el CFDI de ingreso.

 

Prestación de servicios de transporte o distribución de hidrocarburos o petrolíferos

 

La regla que regula el traslado de hidrocarburos o petrolíferos sigue estableciendo la obligatoriedad de emitir el complemento carta porte para estos contribuyentes.

 

Originalmente, el complemento carta porte entraría en vigor el 30 de septiembre de 2021, pero la autoridad decidió otorgar una prórroga hasta el 30 de noviembre y un periodo de prueba del 1 al 31 de diciembre de 2021. En enero de 2022 todos los transportistas deberán emitir los comprobantes con las reglas mencionadas en este blog.

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